viernes, 6 de junio de 2008

LA "CVR" Y LA NEGLIGENCIA POLÍTICA

Tomo III
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PRIMERA PARTE: EL PROCESO, LOS HECHOS, LAS VÍCTIMAS
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Sección segunda: Los actores del conflicto
Capítulo 2: Los actores políticos e institucionales
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CAPÍTULO 2 LOS ACTORES POLÍTICOS E INSTITUCIONALES
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2.1. EL GOBIERNO DE ACCIÓN POPULAR
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La Comisión de la Verdad y Reconciliación ha registrado 7795 muertes y desapariciones ocurridas durante el gobierno constitucional del arquitecto Fernando Belaunde Terry como resultado de ese proceso de violencia iniciado por el Partido Comunista del Perú-Sendero Luminoso. Esa cifra representa el 35 por ciento del total de víctimas reportadas a la Comisión respecto de todo el proceso de violencia. La Comisión ha encontrado, asimismo, que de las 7795 víctimas reportadas para el periodo 1980– 1985, el 48 por ciento fueron responsabilidad de la citada organización subversiva, mientras que el 45 por ciento son atribuibles a las acciones de las fuerzas de seguridad del Estado.

Al concluir el periodo gubernamental del arquitecto Belaunde Terry, numerosas provincias se encontraban en estado de emergencia 32 provincias, con las consiguientes restricciones a las garantías de los derechos elementales de la población. En ese lapso, la totalidad del terrritorio nacional estuvo en estado de emergencia en seis ocasiones

La Comisión ha comprobado que la violación de derechos humanos fue masiva entre los años 1983 y 1985 y que la principal afectada fue la población rural de los andes centrales. Ello fue resultado del incremento permanente de acciones armadas de carácter terrorista por parte del PCP-SL así como de la respuesta de las fuerzas armadas, en las que el gobierno constitucional delegó amplias facultades para la lucha contrasubversiva en diciembre de 1982.
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2.1.4. La responsabilidad del gobierno
Es claro que el gobierno del arquitecto Fernando Belaunde Terry respaldó la actuación de los comandos político-militares entre 1983 y 1985 a pesar de las denuncias sobre las grandes violaciones de derechos humanos de la población civil que se estaban cometiendo y del conocimiento que obviamente debió tener sobre esos hechos. El ingreso de las fuerzas armadas en la zona de emergencia para combatir a la subversión fue dispuesto sin tomar las previsiones necesarias para proteger los derechos de la ciudadanía. Por el contrario, la autoridad civil delegó en las autoridades militares amplias facultades y renunció a ejercer sus potestades para impedir o sancionar graves atropellos contra la población.
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2.1.4.1. Debilitamiento del Estado de Derecho
El artículo 231 de la Constitución Política de 1979, vigente hasta 1993, admitía el estado de emergencia "en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación". El plazo de esta medida no podía exceder los sesenta días y cualquier prórroga requeriría de un nuevo decreto. Además, de acuerdo con este mismo artículo, en caso de declararse el estado de emergencia, quedaban suspendidas las garantías constitucionales relativas a la libertad de reunión y de violabilidad del domicilio, la libertad de reunión y de tránsito en el territorio. De esta manera, quedaban en suspenso algunos derechos ciudadanos como la inviolabilidad del domicilio (Art. 2, inciso 7), la elección libre del lugar de residencia (Art. 2, incuso 9), la reunión pacífica sin armas (Art. 2, inciso10), y la imposibilidad de ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del Juez o por las autoridades policiales en flagrante delito (Art. 2, inciso 20g).
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2.1.4.2. Impunidad
La estrategia contrasubversiva que se puso en práctica con las fuerzas armadas en el escenario de la violencia resultó ser altamente costosa en vida humanas. Para cierto sector de las fuerzas armadas eso era inevitable, e incluso se hizo público ese punto de vista.
El general Luis Cisneros Vizquerra, quien fue ministro de Guerra, afirmaba en septiembre de 1984:
(…) no podemos entender cómo en una zona de guerra, una zona prácticamente extraterritorial, pretendamos mantener el estado de derecho. Le encargamos a la fuerza armada que elimine a Sendero y cuando va a apretar el gatillo aparece el Fiscal de la Nación para ver si al hombre lo vamos a matar de frente, y se presenta el abogado, el periodista (…) Hay una inclinación a criticar todo lo que la fuerza armada hace en Ayacucho (…) da la impresión que se piensa que quienes deben ser eliminadas son las fuerzas del orden (…) hablamos de derechos humanos de manera unilateral. En la guerra no hay derechos humanos.
Las múltiples violaciones de derechos humanos fueron conocidas por denuncias diversas. El gobierno de Acción Popular trató esas denuncias como elementos de la pugna política de la oposición. La prensa favorable al gobierno alentaba ese enfoque. Por ejemplo, el comentarista político Manuel D´Ornellas consideró el descubrimiento de fosas comunes como un "verdadero regalo político para la extrema izquierda" y añadía que "la guerra que quisiéramos limpia, pero que es obviamente sucia, la declaró oficialmente el grupo que comanda Guzmán".
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De acuerdo con Javier Alva Orlandini,
52 el arquitecto Belaunde era consciente de la gravedad de los hechos y compartía con el ministro José María de La Jara las dudas sobre la conveniencia de establecer estado de emergencia y de ordenar la intervención militar.Sin embargo, la Comisión encuentra que a partir del establecimiento del Comando Político Militar en Ayacucho, y ante el crecimiento de los crímenes del PCP-SLy de agentes de seguridad del Estado, el presidente Belaunde no desarrolló una política decidida de protección de los derechos humanos. Por el contrario, optó por no atender las denuncias a ese respecto que se hacían.En agosto de 1983, la organización Amnistía Internacional envío una carta al presidente Belaunde en la que señalaba que las fuerzas de seguridad del Estado habían ejecutado sumariamente a centenares de pobladores en la región andina en operaciones contrainsurgentes. El Presidente desatendió el informe: "Las cartas de Amnistía Internacional van al tacho de basura (…) yo no las acepto".
La indeferencia del gobierno de Acción Popular ante estos crímenes no se confinó al Poder Ejecutivo, sino que se extendió también al Legislativo. La Comisión ha encontrado que el Congreso, en el que Acción Popular tenía mayoría, no instituyó ninguna comisión investigadora sobre desapariciones forzadas de personas a pesar de las denuncias existentes. En términos generales, el Legislativo incumplió su deber de fiscalización en materia de derechos humanos, lo que, aunado a la actitud del Poder Ejecutivo, estableció un ambiente de impunidad que la Comisión considera deplorable por las pérdidas de miles de vidas humanas a que ello dio lugar.
5. Desde enero de 1983 hasta el final del periodo gubernamental la lucha contrasubversiva quedó en manos de las fuerzas armadas en las zonas declaradas en emergencia. Tomada esta decisión, las autoridades civiles – y entre ellas, el Ministerio del Interior – descuidaron el diseño de la estrategia contrasubversiva. Paralelamente, la actividad de las fuerzas armadas seguía una lógica propia, ajena a control o supervisión adecuada por el gobierno central. Esto ocurrió en un contexto en el que el comando político-militar había recibido autoridad en la zona de emergencia sin que se precisen estrictamente sus funciones y atribuciones, lo cual dejabó en situación de vulnerabilidad los derechos fundamentales de la ciudadanía.
5. La delegación de capacidad políticas en los militares en lo relativoa la lucha contrasubversiva debilitó la incipiente institucionalidad democrática. La declaración de estados de emergencia era una posibilidad considerada en la Constitución de 1979 como medida excepcional. No obstante, ella se convirtió en situación permanente y fue acompañada innecesariamente de una renuncia a las atribuciones de gobierno por parte de la autoridad civil. De este modo, el despliegue de la guerra sucia en el país terminó vulnerando el Estado de Derecho y justificando una represión militar indiscriminada.
6. En este contexto, la resistencia del presidente Belaunde Terry a ordenar que se investiguen las denuncias sobre violaciones de derechos humanos – ejemplo de lo cual fue su decisión de desechar los informes enviados al respecto por la organización Amnistía Internacional –, antes que emitir una señal de gobernabilidad y firmeza, dio legitimidad política al modo de actuación militar en la zona de emergencia.
7. La crisis económica y la pugna entre gobierno y oposición establecieron un escenario de conflicto en el que fueron imposibles pactos, negociaciones o acuerdos como los que se necesitaban para combatir la subversión. A pesar del crecimiento de la subversión, ésta no llegó a ser considerada en este periodo como un problema nacional de alta prioridad para la clase dirigente del país. En el razonamiento de los gobernantes y la clase política, la crisis económica y las estrategias para llegar al poder en las elecciones de 1985 recibieron más atención que las muertes causadas por el conflicto armado interno.
8. En síntesis, elegido para hacer de la democracia un proyecto nacional en ejecución, se puede considerar que el gobierno del arquitecto Fernando Belaunde Terry fue la primera víctima política de la violencia criminal del PCP-SL. Hacia el final de su gobierno Belaunde consideró un éxito que "un gobierno elegido democráticamente entregue el poder a otro elegido democráticamente". En las circunstancias del grave desafío planteado al Estado y la sociedad, ello fue así. Pero, por desgracia, el gobierno saliente dejó tras de sí una legislación antiterrorista – la ley 24150 – que fortaleció las facultades de los comandos político-militares a pesar de las numerosas denuncias de violaciones de derechos humanos, y que en la práctica significó una renuncia de la autoridad civil en el terreno de la lucha antisubversiva


Bibliografía
Publicaciones periódicas diarias:El Peruano, El Comercio, El Diario, La República, Expreso.
Publicaciones periódicas semanales:Caretas, Oiga, Resumen Semanal, Perú Económico.
Archivos desclasificados de la CIdos a la Comisión de la Verdad y Reconciliación
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